Política de Copyright

Correspondencia: La siguiente política es una adopción modificada del documento POLICY FOR THE DISTRIBUTION, SALES AND REPRODUCTION OF ISO PUBLICATIONS AND THE PROTECTION OF ISO'S COPYRIGHT" (POCOSA 2017, enmendada por Resolución ISO 14/2025) y la "ISO LICENSING POLICY" (ILP Ver. 1.2, marzo 2026). Actualizada en cumplimiento de la Resolución del Consejo ISO 9/2026.

POLÍTICA DE DISTRIBUCIÓN, LICENCIAMIENTO Y REPRODUCCIÓN DE LAS PUBLICACIONES DE INTECO Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR DE INTECO


1. INTRODUCCIÓN

Esta Política para la distribución, licenciamiento y reproducción de las publicaciones de INTECO y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR DE INTECO, aprobada por el Consejo Directivo de INTECO el 26 de agosto de 2026 mediante la sesión N° 26-05-486, define las condiciones de uso de las publicaciones, entiéndase licenciamiento, reproducción y distribución de las publicaciones de INTECO. También incluye disposiciones sobre los derechos de autor, y la explotación de los derechos de autor, de todas las Publicaciones de INTECO o partes de las mismas y en las adopciones nacionales de las normas internacionales. La presente incorpora los cuatro fundamentos como lo son; (1) el contenido se licencia, no se vende; (2) restricciones de uso, divulgación e inteligencia artificial; (3) derechos de verificación de cumplimiento; y (4) reconocimiento expreso de la propiedad del copyright de ISO en las Adopciones Nacionales.

Las condiciones de uso y protección de las marcas INTECO (nombre y logotipo) siguen siendo las descritas en las versiones actuales de los registros de marca 272244 y 296447.

Esta Política es vinculante para INTECO y para todas sus partes interesadas. Si surge cualquier cuestión comercial o de propiedad intelectual que no esté contemplada en esta Política o en los documentos relacionados, se remitirá a la Dirección Ejecutiva para que tome una decisión, para que tome las acciones necesarias.
 
Esta Política no afecta a los acuerdos existentes firmados por el Representante legal de INTECO, o por una parte interesada de INTECO, con Usuarios Finales o Terceros Distribuidores antes de la fecha decidida por el Consejo Directivo de INTECO para su entrada en vigor, hasta el próximo plazo posible para la renegociación o de renovación de esos contratos. Cualquier dificultad en la aplicación de esta Política deberá ser comunicada a la Dirección Ejecutiva de INTECO, que prestará asistencia en cada caso.


2. PRINCIPIOS RECTORES

2.1 Distribución de las publicaciones INTE y de las adopciones nacionales

El principal objetivo con esta política de INTECO y de sus partes interesadas, es lograr que la distribución y uso de las Publicaciones de INTECO a nivel nacional, regional e internacional, sea coherente con la protección de los derechos de autor y el modelo de negocio de INTECO.

El trabajo y las contribuciones de INTECO y el de sus partes interesadas dan como resultado las Publicaciones de INTECO y las Adopciones Nacionales con propiedad intelectual de valor económico demostrable. Los fondos de INTECO provienen en parte de las cuotas y contribuciones de los Afiliados, Miembros de Órganos de Estudio y de licenciamiento de Publicaciones y servicios de INTECO, de acuerdo con los Estatutos y los Reglamentos internos, así como sus disposiciones y políticas. Por lo tanto, es fundamental que el modelo de negocio de INTECO, como ente no gubernamental sin fines de lucro, apoye el proceso de normalización y el desarrollo de normas tanto a nivel nacional como internacional.

Por esta razón, INTECO y sus partes interesadas, tienen la obligación de proteger el valor y todos los derechos de Propiedad Intelectual, de las Publicaciones y Adopciones Nacionales de INTECO. En particular, no deben ponerse a disposición de los Usuarios Finales de forma gratuita, salvo para fines de desarrollo de normas adicionales como se explica en los Procedimientos de INTECO, a menos que esté explícitamente autorizado por la Dirección Ejecutiva.

2.2 El contenido se licencia, no se vende
 
Las Publicaciones de INTECO, incluidas las Adopciones Nacionales de normas ISO, se distribuyen bajo licencia de uso y NO se venden ni se transfieren como propiedad. Toda transacción comercial de Publicaciones de INTECO constituye el otorgamiento de una licencia no exclusiva, no transferible y revocable al Usuario Final o Licenciatario, según el Tipo de Licencia aplicable establecido en el Acuerdo de Licencia de Usuario Final (CLA, en sus siglas en inglés). En ningún caso se transfieren al Licenciatario derechos de propiedad intelectual sobre el contenido.

El Usuario Final o Licenciatario únicamente puede acceder, leer, consultar y utilizar internamente el contenido de las Publicaciones de INTECO conforme al Tipo de Licencia adquirido de acuerdo con los términos y condiciones del CLA. Salvo autorización escrita previa de INTECO, queda expresamente prohibido:

• Compartir, redistribuir, revender, prestar o ceder las Publicaciones a terceros fuera del alcance del Tipo de Licencia.
• Reproducir total o parcialmente las Publicaciones en materiales impresos o digitales (manuales, informes, presentaciones, software u otros), para uso interno o externo.
• Cargar las Publicaciones en servidores, intranets, plataformas en la nube o sistemas de acceso compartido fuera del Tipo de Licencia adquirido.
• Eliminar, alterar o eludir las marcas de agua, avisos de copyright u otros elementos de gestión de derechos presentes en las Publicaciones.
• Usar el contenido de las Publicaciones de INTECO para fines relacionados con inteligencia artificial (IA) o procesamiento automatizado.

2.3 Legislación aplicable y resolución de litigios

Salvo que se acuerde lo contrario, la legislación de Costa Rica que rige es la Ley N° 6683 sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos, y los Tratados Internacionales en especial el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas (Acta de París, 1971). Igualmente, sus marcas, protegidas por la Ley N°7978 de Marcas y Otros Signos Distintivos, y el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, así como, directrices y políticas de protección de derechos de autor emitidas por la Organización Internacional de Normalización (ISO) y a los instrumentos vinculantes aplicables a INTECO en su condición de organismo miembro.

Cualquier disputa entre dos o más partes interesadas en relación con los derechos de autor y propiedad intelectual, debe remitirse a la Dirección Ejecutiva de INTECO, que trabajará con ellos para tratar de llegar a un acuerdo. Si la controversia no se resuelve en esa fase, se remitirá a la mediación de terceros y, posteriormente, al arbitraje de terceros.
 

3. PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR, MARCAS Y DEMÁS PROPIEDAD INTELECTUAL DE INTECO

3.1 Objetivos

Las publicaciones de INTECO y sus adopciones nacionales son obras que constituyen una individualidad y una originalidad y, por lo tanto, están protegidas por la Ley N° 6683 sobre Derechos de Autor y Derechos Conexos, y los Tratados Internacionales en especial el Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas (Acta de París, 1971). Igualmente, sus marcas, protegidas por la Ley N°7978 de Marcas y Otros Signos Distintivos, y el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial.

3.2. Comunicación sobre derechos de autor

INTECO y sus partes interesadas deben aprovechar todas las oportunidades para recordar y exigir a los Usuarios Finales y a los Terceros Distribuidores que las Publicaciones de INTECO, las Adopciones Nacionales, sus Borradores y otras obras están protegidos por derechos de autor y que estos derechos de autor se harán cumplir, si es necesario, por medios legales.

3.3. Avisos de derechos de autor

Todas las publicaciones de INTECO, las adopciones nacionales, sus borradores y otras obras deben llevar un aviso de derechos de autor en la primera o tercera página, claramente visible, junto con un aviso de derechos de autor abreviado en cada página, de acuerdo con los procedimientos de INTECO.

3.4. Medidas de protección

Los Miembros de Órganos de Estudio, Terceros Distribuidores y Usuarios Finales deben hacer los esfuerzos razonables que sean apropiados bajo las leyes de su Territorio Nacional para proteger y prevenir el uso no autorizado de cualquiera de las marcas registradas de INTECO, logotipos, o el contenido de cualquier publicación de INTECO, adopciones nacionales, sus borradores y otras obras.

Cada página de las versiones en formato PDF de las publicaciones de INTECO, las adopciones nacionales, sus borradores y otras obras debe llevar una marca de agua para identificar al Usuario Final real. Las Publicaciones de INTECO, las Adopciones Nacionales, sus Borradores y otras obras distribuidos en otros formatos electrónicos (por ejemplo, HTML, ePub, Word) también deben llevar una marca de agua de manera similar. La marca de agua debe incluir como mínimo: nombre o identificador del Licenciatario, correo electrónico registrado, fecha de emisión y Tipo de Licencia adquirido.

3.5 Restricciones de uso de inteligencia artificial (IA)

Queda terminantemente prohibido, sin un acuerdo de licencia específico emitido por INTECO, usar el contenido de las Publicaciones de INTECO para cualquiera de los siguientes fines relacionados con inteligencia artificial (IA) o procesamiento automatizado:

• Entrenar, ajustar fino o evaluar modelos de lenguaje (LLMs), sistemas de aprendizaje automático (machine learning), modelos de IA generativa o sistemas análogos.
• Consultar, incrustar, indizar o de cualquier otra forma procesar el contenido mediante herramientas de IA, asistentes virtuales o sistemas de recuperación aumentada (RAG).
• Minería de texto y datos (text and data mining), extracción estructurada, recopilación automatizada o procesamiento computacional del texto, estructura, lógica o metadatos de las Publicaciones.
• Cualquier otra actividad que permita a un sistema computacional ingerir, analizar, internalizar o generar contenido derivado de las Publicaciones.

INTECO, como Miembro ISO, aplica la exclusión expresa de ISO respecto a la excepción de minería de texto y datos. El Licenciatario no puede ampararse en ninguna excepción legal de minería de datos para justificar usos de IA sobre Publicaciones de INTECO. Los usos de IA o procesamiento digital avanzado requieren un acuerdo de licencia diferenciado.


4. PROPIEDAD Y LICENCIA DE LOS DERECHOS DE AUTOR

De acuerdo con las directivas de ISO del cuál INTECO es miembro, cuando un material es aportado para su inclusión en una norma ya está sujeto a derechos de autor, los creadores de normas deben conceder a INTECO el derecho a copiar y distribuir el material, incluido el derecho a reproducirlo en cualquier otra forma o en cualquier otra obra, reservándose el del derecho moral de autor, cediendo gratuitamente los derechos patrimoniales de autor.

INTECO es el titular de los derechos de autor sobre sus publicaciones y los metadatos asociados. En el caso de las Adopciones Nacionales de publicaciones ISO, la Organización Internacional de Normalización (ISO) conserva la titularidad originaria y exclusiva de los derechos de autor sobre el contenido de origen ISO.
 
En consecuencia, INTECO reconoce expresamente dicha titularidad, por lo que toda Adopción Nacional de una publicación ISO incorporada al catálogo nacional deberá indicar de forma clara y expresa que ISO es el titular originario y exclusivo de los derechos de autor del contenido ISO, y que dicha titularidad se mantiene vigente dentro de la correspondiente Adopción Nacional, sin perjuicio de su aplicación conforme al ordenamiento jurídico de Costa Rica.

Ninguna disposición contenida en esta Política, ni en los acuerdos de distribución, licenciamiento o cualquier otro instrumento derivado de ella, podrá interpretarse como una cesión, transferencia, renuncia, limitación o menoscabo de los derechos de propiedad intelectual de ISO.


4.1 Derechos de los Miembros de Órganos de Estudio

Se reconoce el derecho moral de autor de las personas que participan activamente en un Órgano de Estudio, proporcionalmente en sus aportes efectivos, no obstante, por pertenecer al Órgano de Estudio renuncian a su derecho patrimoniales de autor, a favor de INTECO.

Los miembros de Órganos de Estudio disfrutan de un derecho no exclusivo para acceder a las Adopciones Nacionales, sus Borradores y otras obras. Esto incluye: a) acceder a las normas INTECO por medio de canales o plataformas oficiales; b) acceder a cualquier documento o referencia bibliográfica de carácter técnico o científico necesario para el desarrollo de la normalización nacional por medio de canales o plataformas oficiales.

Los miembros de Órganos de Estudio no están autorizados para realizar la reproducción, distribución, licenciamiento, alquiler y préstamo de las publicaciones INTECO bajo ninguna forma y por ningún procedimiento.

4.2. Acuerdos de licencia con Terceros Distribuidores

INTECO puede celebrar acuerdos de licencia que permitan a los Distribuidores Terceros ejercer todos o algunos de sus derechos de explotación. Al emitir una licencia a un Distribuidor Tercero, se debe consultar o solicitar si es necesario asesoría legal para obtener orientación o con la Dirección Ejecutiva de INTECO para tomar una decisión, según corresponda.

Al conceder dichas licencias, INTECO debe garantizar que los Terceros Distribuidores protejan el valor de las publicaciones de INTECO y las adopciones nacionales. Los contratos con Terceros Distribuidores deben incorporar términos como uso bajo licencia (no venta), restricciones de uso e IA, derechos de verificación de cumplimiento, y reconocimiento expreso del copyright de ISO en Adopciones Nacionales.


4.3 Derechos de verificación de cumplimiento

INTECO tiene el derecho de verificar que los Licenciatarios, Miembros de Órganos de Estudio y Terceros Distribuidores cumplan con los términos y condiciones del CLA.

Las verificaciones de cumplimiento se realizarán de forma proporcional y basada en el riesgo, con previo aviso escrito al Licenciatario. Podrán llevarse a cabo directamente por INTECO o mediante un auditor externo independiente, durante horario laboral normal.

En caso de incumplimiento de los términos de licencia, INTECO podrá: (i) terminar la licencia de manera inmediata; (ii) ejercer las acciones civiles y penales conforme a la Ley N.° 6683 y demás legislación aplicable en Costa Rica.


5. DISTRIBUCIÓN DE LAS PUBLICACIONES DE INTECO, LAS ADOPCIONES NACIONALES, SUS BORRADORES Y OTRAS OBRAS

5.1. Distribución por parte del Centro de Información de INTECO

La función del Centro de Información de INTECO incluye lo siguiente:

a) Suministro de publicaciones y metadatos de INTECO a las partes interesadas de INTECO y a los Distribuidores Terceros: El Centro de Información de INTECO suministrará todas las Publicaciones de INTECO y sus Metadatos asociados a las partes interesadas de INTECO o a sus Distribuidores Terceros de manera rápida y eficiente.

b) Distribución de las publicaciones de INTECO a los usuarios finales: El Centro de Información de INTECO mantendrá un servicio de licenciamientos y distribución eficaz y eficiente para todas las Publicaciones de INTECO. Toda distribución de publicaciones a Usuarios Finales debe realizarse bajo los términos y condiciones del CLA.
 
c) Distribución de las publicaciones internacionales a los usuarios finales: INTECO como Miembro exclusivo de ISO a nivel nacional, puede licenciar y distribuir las Publicaciones de internacionales y sus adopciones, de acuerdo con los términos del CLA.

d) Apoyo a la comercialización: El Centro de Información de INTECO fijará el precio de lista de las normas INTECO en todos los formatos. Estos precios se revisarán al menos una vez al año y las partes interesadas de INTECO serán informadas de cualquier cambio al menos 60 días antes de su entrada en vigor.

5.2. Distribución por parte de Terceros Distribuidores

INTECO puede promover el licenciamiento activo de las Publicaciones de INTECO, las Adopciones Nacionales, sus Borradores y otras obras en su Territorio Nacional, con derecho a realizar Licenciamientos Pasivos fuera de su Territorio Nacional, en sus propios términos.

INTECO también debe garantizar que los Distribuidores Terceros incluyan en la marca de agua su nombre y el nombre INTECO, además de los requisitos de esta Política. Los Terceros Distribuidores deben implementar el CLA en sus propios flujos de venta, bajo supervisión de INTECO.


6. REPRODUCCIÓN DE LAS PUBLICACIONES DE INTECO POR PARTE DE MIEMBROS DE ÓRGANOS DE ESTUDIO, DISTRIBUIDORES TERCEROS Y USUARIOS FINALES

6.1. Reproducción por parte de Miembros de Órganos de Estudio y Usuarios Finales

De acuerdo con los derechos de autor de INTECO, se permite o no la reproducción de las publicaciones de INTECO en las siguientes circunstancias:

a) Conexión en red de las publicaciones de INTECO: INTECO puede emitir licencias a los Miembros de Órganos de Estudio y Usuarios Finales en sus Territorios Nacionales que les permitan reproducir las Publicaciones de INTECO para su propio uso en sus Redes Internas. La prestación de dicho servicio debe estar sujeta a la firma o aprobación formal por parte del Usuario Final de un acuerdo de licencia adecuado en el que se comprometa a respetar los derechos de autor y las condiciones de uso. El acuerdo de licencia debe especificar el Tipo de Licencia y la prohibición expresa de uso con herramientas de inteligencia artificial de acuerdo con el CLA.
 
b) Reproducción para uso interno: Los miembros de los Órganos de Estudio y los Usuarios Finales podrán reproducir las publicaciones de INTECO de manera limitada y restringida, exclusivamente para los fines autorizados y de conformidad con los términos establecidos en el CLA. Dicha reproducción estará permitida únicamente para uso interno dentro de la organización que representan o para la cual laboran, quedando prohibida su distribución, divulgación o utilización para fines distintos de los expresamente autorizados.

c) Reproducción para el licenciamiento o la licencia: Los Miembros de Órganos de Estudio y Usuarios Finales no pueden, en ninguna circunstancia, reproducir las Publicaciones de INTECO, o partes de las mismas, para su licenciamiento en formato impreso u cualquier otro formato, salvo que la Dirección Ejecutiva lo autoricen por escrito.

d) Reproducción de las publicaciones de INTECO en otros productos: Los Miembros de Órganos de Estudio y Usuarios Finales pueden incorporar el contenido de las publicaciones de INTECO, o partes de las mismas, en sus propios productos para fines académicos sin el pago de un derecho de autor a INTECO, siempre y cuando estos productos sean documentos distintos de las publicaciones de INTECO. Las normas no se pueden reproducir en este caso al 100%, sino citas que no signifiquen más de un 10% del texto, salvo que la Dirección Ejecutiva lo autoricen por escrito.

6.2. Reproducción por parte de Terceros Distribuidores

INTECO puede conceder licencias a Terceros Distribuidores en sus territorios nacionales que les permitan reproducir las publicaciones de INTECO, o partes de ellas, en productos para el licenciamiento, como libros o software. El fee que los Terceros Distribuidores pagan a INTECO se establece en los procedimientos de INTECO.

7. INFORMAR

Todas las partes interesadas de INTECO que se encuentren sujetas a una licencia, acuerdo o contrato deberán informar oportunamente a INTECO, cuando corresponda, sobre cualquier cambio relacionado con los derechos de uso, reproducción, distribución o licenciamiento de las Publicaciones de INTECO, las Adopciones Nacionales y otras reproducciones o traducciones autorizadas.


8. GLOSARIO
Se mantienen las definiciones siguientes: 

8.1 Acuerdo de Licencia de Usuario Final (CLA, en sus siglas en inglés)
Acuerdo vinculante entre INTECO y el Usuario Final o Licenciatario (8.3) que establece los términos y condiciones de tipo de licencia (8.2) de las publicaciones de INTECO. Puede formalizarse mediante firma física, firma digital o aceptación electrónica en la tienda virtual de INTECO u otros medios autorizados.

8.2 Tipo de Licencia
Categoría de licencia que determina el alcance autorizado de acceso y uso de una Publicación INTECO. Los tipos aplicables son: (i) Licencia de Usuario Individual o personal; (ii) Licencia Empresarial (una sede o múltiples sedes).

8.3 Licenciatario / Usuario Final
Cualquier parte interesada, organización o persona que no sea un Miembro de Órganos de Estudio o un Tercero Distribuidor, que accede y utiliza Publicaciones de INTECO bajo los términos del CLA (8.1). La denominación preferida en contratos y comunicaciones con el mercado es "Licenciatario".

8.4 Terceros Distribuidores
Tercero designado por INTECO para distribuir las publicaciones de INTECO, las adopciones nacionales, sus borradores u otras obras en su territorio nacional determinado. Los Terceros Distribuidores están obligados a implementar el CLA (8.1) en sus propios flujos de distribución y acuerdos con Usuarios Finales.

8.5 Reproducción
Acto de duplicar contenido total o parcial de publicaciones de INTECO, adopciones nacionales, sus borradores u otras obras.

8.6 Distribución
Puesta a disposición de las Publicaciones de INTECO bajo licencia, mediante su entrega en soporte físico o digital, conforme al Tipo de Licencia (8.2) aplicable. La distribución no implica transferencia de propiedad ni de derechos de autor.

8.7 Copyright / derechos de autor
Respetando la legislación de cada país, son los derechos de los autores para explotar sus obras literarias, científicas y artísticas, bajo la figura de licencia.

8.8 Inteligencia Artificial (IA)
Tecnologías computacionales que incluyen, sin limitación: modelos de lenguaje (LLMs), sistemas de aprendizaje automático, IA generativa, sistemas de recuperación aumentada (RAG), herramientas de minería de texto y datos, y cualquier sistema análogo capaz de ingerir, procesar o generar contenido a partir de las Publicaciones de INTECO. El uso de estas tecnologías con contenido de Publicaciones de INTECO requiere un acuerdo de licencia específico.

Última actualización: 28 de septiembre de 2026