Objeto y campo de aplicación
1.1 INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA
Nombre: Regla de Categoría de Producto de Jugos Tropicales. Declaración Ambiental de Producto.
Número de registro y versión: INTE/RCP 06:2025 Versión 1.0 del Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético.
Programa: Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético, Costa Rica
Operador del programa Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), Costa Rica
Moderador RCP: Fabiola Sosa (fsosa@inteco.org) INTECO, Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica, Costa Rica
Comité RCP: CTN 12 SC 03, Análisis de Ciclo de Vida y Etiquetado Ambiental
Fecha de publicación y última revisión:2025-09
Válido hasta: 2030-09
Calendario de renovación: Una RCP es válida para un período predeterminado de tiempo para asegurar que se actualiza a intervalos regulares. Cuando la RCP está a punto de expirar el administrador de la RCP, iniciará un debate con la secretaría de cómo proceder con la actualización del documento y la renovación de su validez.
Un documento de RCP puede ser revisado durante su período de validez, presentando propuestas significativas y bien justificadas de cambios o modificaciones. Ver https://www.inteco.org/ para información actualizada y la versión más reciente.
Normas: INTE B12:2025 – Requisitos Generales del Programa Nacional de Etiquetado Ambiental. Declaraciones ambientales de producto. | PCR 10:2019 Prepared and preserved vegetable and fruit products, including juice v.2.0 con fecha 2027-03-29
Idioma(s) de la RCP: Esta RCP se desarrolló y está disponible en español con base en la versión en inglés del PCR 10:2019.
1.2 ALCANCE DE LA RCP1.2.1 DEFINICIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LA CATEGORÍA DE PRODUCTOSEste documento proporciona las Reglas de Categoría de Producto (RCP) para la evaluación del comportamiento ambiental de los productos preparados y conservados de hortalizas y frutas, incluido el zumo, y la declaración de este comportamiento mediante una DAP. La categoría de producto corresponde a UN CPC 213 y 214.El ámbito de aplicación de esta RCP son los productos preparados y conservados de hortalizas y frutas, incluidos los zumos, tal y como se definen en las siguientes subclases de la clasificación ISIC - CPC:‒ Sección: 2 - Productos alimenticios, bebidas y tabaco; textiles, prendas de vestir y productos de cuero.‒ División: 21 - Carne, pescado, frutas, hortalizas, aceites y grasas‒ Grupo: 213 - Hortalizas, legumbres y patatas preparadas y en conserva‒ Clase 2131 Hortalizas, legumbres y patatas congeladas‒ Clase 2132 Zumos de verduras‒ Clase 2133 Hortalizas conservadas provisionalmente‒ Clase 2134 Hortalizas, legumbres y patatas conservadas en vinagre o en ácido acético‒ Clase 2139 Otras preparaciones y conservas de hortalizas, legumbres y patatas‒ Grupo: 214 - Frutas y frutos secos preparados y en conserva‒ Clase 2141 Frutos secos‒ Clase 2142 Frutos de cáscara‒ Clase 2143 Zumos de frutas‒ Clase 2149 Otras frutas y frutos secos preparados y en conservaLa categoría de productos comprende hortalizas, legumbres y patatas preparadas y en conserva (por ejemplo, zumo de tomate y de otras hortalizas, legumbres congeladas, legumbres preparadas y en conserva, platos preparados y platos con hortalizas, legumbres o patatas como ingredientes principales, legumbres secas, setas y trufas) y frutas y frutos secos (por ejemplo ej., manzanas secas y otras frutas o mezclas de frutos secos, nueces, cacahuetes y otras semillas, zumos de naranja, pomelo, piña, melocotón y otras frutas, piña, melocotón y otras frutas preparadas y en conserva, confituras, jaleas de frutas, mermeladas, pastas de frutos secos), envasados en diferentes materiales de embalaje.El grupo de productos de esta RCP también incluye todos los tipos de productos lácteos vegetales (por ejemplo, leche de almendras, leche de soja, leche de coco y leche de arroz, yogur de soja, queso de soja) y mezcla de zumos de frutas y verduras para los que no parece estar disponible ninguna clasificación de la CPC.Más información en https://unstats.un.org/unsd/classifications/Family/Detail/1074.1.2.2 ÁMBITO GEOGRÁFICOEsta RCP es aplicable para ser utilizada en Costa Rica.1.2.3 VALIDEZ DE LA DAPUna DAP basada en esta RCP debe ser válida a partir de su registro y publicación en https://www.digeca.go.cr/ y por un período de cinco años, a partir de la fecha de aprobación por parte del operador del programa, o hasta cuando la DAP sea dada de baja del sitio web del Programa Nacional de Etiquetado Ambiental y Energético, Costa Rica.Una DAP debe actualizarse y verificarse de nuevo durante su periodo de validez si los cambios tecnológicos u otras circunstancias han dado lugar a ello:‒ un aumento igual o superior al 10% de cualquiera de los indicadores de impacto ambiental declarados,‒ errores en la información declarada, o‒ cambios significativos en la información declarada sobre el producto, en la declaración de contenidos o en la información ambiental, social o económica adicional.Si se han producido tales cambios, pero la DAP no se ha actualizado, el propietario de la DAP debe ponerse en contacto con la Secretaría para dar de baja la DAP.
Cod. Interno
INTE/RCP 06:2025
Código de comité
CTN 12 SC 03
Comité/Nombre
Sector comercial
Suministro de agua
Sector/Código
B
Sector normalización
Sostenibilidad
Estado
Vigente
Páginas
42
Categoría de producto
Norma
Organismos
PCR
Correspondencia
PCR 10:2019
ICS/Nombre completo
13.020.50
ICS/Nombre
Ecolabelling
No. Edición
1
Fecha de aprobación
22/08/2025
Año
2025
Normas de interés
Acuerdo de licencia del cliente
Cuando solicita una o varias normas INTECO, usted acepta estos Términos y condiciones de venta ("Acuerdo de venta") y el Acuerdo de Licencia del cliente, por lo que debe leer todos estos términos antes de finalizar su compra. Si tiene alguna pregunta sobre este Acuerdo de Ventas, póngase en contacto con nosotros.
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Términos y condiciones de venta
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