Lámparas de LED con equipo de control integrado para servicios de iluminación general con tensión de alimentación > 50 V. Requisitos de funcionamiento.
Publicada
21 ago 2019
Nombre comité
Lámparas y luminarias
Estado
Vigente
Objeto y campo de aplicación
Esta norma internacional proporciona los requisitos de funcionamiento, junto con las condiciones y métodos de ensayo requeridos para demostrar la conformidad de las lámparas LED con medios incorporados para un funcionamiento estable y previstas para la iluminación doméstica y de uso general, que tengan:
• una potencia asignada inferior a 60 W;
• una tensión asignada mayor de 50 V CA., hasta 250 V CA.;
• un casquillo de lámpara listado en la Norma IEC 62560.
Estos requisitos de funcionamiento son adicionales a los requisitos de seguridad de la Norma IEC 62560.
Las únicas características que proporciona esta norma cuando se utiliza para la sustitución de lámparas son las máximas dimensiones exteriores de las lámparas.
Los ensayos de esta norma corresponden a ensayos tipo. Esta norma cubre a las lámparas LED que producen intencionadamente luz blanca y que están basadas en LED inorgánicos.
Las recomendaciones para los ensayos completos de la producción o los ensayos por lotes están en estudio.
La vida útil de las lámparas LED es, en la mayoría de los casos, muy superior que los tiempos de ensayo prácticos. Consecuentemente, la verificación de la vida útil declarada por los fabricantes no se puede realizar de una forma segura porque las características de proyección en el tiempo de los ensayos de vida útil no están normalizadas. Por esta razón la aceptación o rechazo de los datos de un fabricante relativos a la vida útil de la lámpara después de un tiempo de funcionamiento como se indica en el apartado 7.1, está fuera del objeto de esta norma.
En lugar de la validación de la duración de vida de la lámpara, esta norma ha optado por los códigos de mantenimiento del flujo luminoso al cabo de un tiempo de ensayo definido. Por lo tanto, los códigos numéricos no implican una predicción de vida útil que se puede obtener. Las categorías, representadas por los códigos, son categorías numéricas de depreciación del flujo luminoso, que representan el comportamiento, de acuerdo con la información proporcionada por el fabricante, antes del inicio de los ensayos.
Con objeto de validar la duración de vida declarada, existen muchos métodos para extrapolar los datos de los ensayos. Se encuentra en estudio un método general de proyección de los datos de ensayo más allá del tiempo de ensayo limitado.
El criterio de aceptación o rechazo del ensayo de vida útil tal como se define en esta norma, es diferente a los valores de vida útil declarados por los fabricantes. Para una explicación de las métricas de vida útil recomendadas, ver anexo E.
Nota. Cuando las lámparas se utilizan en una luminaria, las prestaciones declaradas pueden presentar desviaciones respecto a los valores establecidos por medio de esta norma, por ejemplo debido a que el comportamiento de los componentes de la luminaria puede influir en el desempeño de la lámpara.
Es de esperar que las lámparas LED con equipo de control incorporado que cumplan con esta norma se enciendan y funcionen satisfactoriamente a tensiones comprendidas entre el 92% y el 106% de la tensión de alimentación nominal y a una temperatura del aire ambiente comprendida entre -20 °C y 40 °C en una luminaria que cumpla con la Norma IEC 60598-1.
Si un suministrador declara su adecuación para el funcionamiento en condiciones diferentes (por ejemplo, a una tensión, temperatura o humedad mayores), entonces:
a) las lámparas deben ensayarse en las condiciones diferentes declaradas; y
b) las lámparas se deben encender y funcionar satisfactoriamente en las condiciones diferentes declaradas; y
c) las lámparas deben cumplir las prestaciones declaradas en las condiciones diferentes declaradas, las cuales pueden diferir de las condiciones generales de medida especificadas en el capítulo A.1.
Impuestos. Las normas poseen el impuesto de venta del valor agregado, de acuerdo con la Ley 9635 del Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Para el caso de empresas y organizaciones a las cuales les aplica algún tipo de exoneración de Impuesto, comunicarse con la dirección de correo ventas@inteco.org. En caso de ventas fuera de Costa Rica los derechos de aduana pueden aplicarse a las órdenes y son responsabilidad del cliente.
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